Cuando necesitas demostrar tu residencia y no tienes la tarjeta, puedes solicitar a USCIS un sello I-551, también llamado sello ADIT. Es una prueba temporal para quien ya es residente permanente; USCIS evalúa si corresponde emitirla y si puede enviarla por correo o necesita citarte.

Si necesitas el documento para empezar un empleo o viajar pronto, la fecha importa. Antes de pedirlo, revisa qué prueba tienes y para cuándo necesitas usarla. Primero te recomiendo confirmar si ya te aprobaron la residencia o si tu solicitud de ajuste de estatus sigue pendiente.

Empieza por revisar qué prueba de residencia tienes

El sello temporal puede ser necesario si eres residente y no tienes tu Green Card física. También se contempla cuando tu I-90, I-751 o N-400 sigue pendiente y ya vencieron tanto la tarjeta como la notificación que extendía su validez.

También puedes recibir esta prueba tras la aprobación de un ajuste de estatus. Si entraste con una visa de inmigrante, revisa tu pasaporte vigente: la visa con la anotación de I-551 temporal y validada por el sello de admisión de CBP sirve como prueba de residencia durante un año desde la entrada. Es otra forma de evidencia temporal I-551 que puedes tener mientras llega la tarjeta.

Para ubicar tu caso, distingue estas situaciones antes de solicitar atención:

  • No tienes la tarjeta. Explica si no la recibiste, la perdiste o te la robaron, y qué documentos conservas.
  • Tienes la tarjeta vencida y un aviso de extensión. Comprueba el texto del aviso y si la extensión todavía cubre la tarjeta. Si la extensión sigue vigente, esa combinación puede cubrir tu necesidad de prueba.
  • La tarjeta y la extensión ya vencieron. Si el trámite correspondiente continúa pendiente, comunica que necesitas prueba temporal de tu residencia.

El sello cubre una necesidad de documentación mientras falta la tarjeta. Si además tienes pendiente un Formulario I-90, esa solicitud continúa por separado. Para renovar la residencia permanente, revisa el procedimiento correspondiente a tu tarjeta y conserva su recibo: pedir el sello temporal es una gestión distinta.

Solicitud del sello ADIT a USCIS

Desde Estados Unidos puedes iniciar la gestión mediante la solicitud de cita de USCIS, que incluye la opción ADIT Stamp, o llamar al Centro de Contacto al 800-375-5283. Después de enviar la solicitud en línea, espera las instrucciones de USCIS sobre cómo te atenderán.

Antes de comunicarte, reúne lo que tengas disponible para identificarte y explicar el motivo. Te recomiendo preparar estos datos y tener a mano los documentos que los respaldan:

  • Tu nombre tal como figura en tus documentos y tu número A, si lo tienes.
  • Los avisos del trámite pendiente y cualquier copia disponible de tu Green Card.
  • Tu dirección física postal actual y la información de contacto.
  • La fecha y el motivo por los que necesitas acreditar tu residencia.

Describe la necesidad concreta: por ejemplo, si te piden documentación para un empleo o tienes un viaje urgente. Indica cuándo necesitas el documento y pregunta cómo aportar el respaldo que te soliciten. USCIS evalúa la urgencia y decide cómo atenderte.

Residente toma nota de las indicaciones recibidas por teléfono

Guarda la referencia de la solicitud y las indicaciones recibidas. Si te asignan una cita, confirma la oficina, la fecha y qué debes llevar, incluido el pasaporte cuando te lo indiquen. Prepara los documentos que te pidieron para esa cita.

¿El sello I-551 puede llegar por correo?

Sí. El procedimiento de envío anunciado por USCIS el 16 de marzo de 2023 permite emitir prueba temporal sin acudir a una oficina cuando corresponde. La oficina revisa la petición y puede enviarte un Formulario I-94 con sello ADIT, sello del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y una fotografía tuya obtenida de sus sistemas.

Para esta vía, USCIS verifica tu identidad, tu dirección física postal y si allí puedes recibir correo expreso. Por eso, antes de esperar el envío, conviene verificar tu dirección en USCIS y avisar durante la gestión si algún dato no coincide con tu domicilio actual.

Algunas personas necesitan acudir a una oficina, incluidas quienes tienen una necesidad urgente, no cuentan con una foto utilizable en los sistemas o no pueden completar la confirmación de identidad o dirección.

Las fuentes oficiales consultadas en octubre de 2026 no permiten darte un plazo universal de entrega para esta prueba temporal. Pregunta qué seguimiento corresponde a tu solicitud y conserva la referencia para volver a comunicarte si no recibes la respuesta indicada. El tiempo de producción de la Green Card es una espera distinta.

Revisión de tu prueba temporal

Revisa que tus datos sean correctos y localiza la fecha de vencimiento del sello o documento. USCIS puede fijar una vigencia de hasta un año, salvo que una norma o política disponga algo distinto, y decide la duración según tu situación. Para saber hasta cuándo puedes usar el tuyo, consulta la fecha indicada en el documento. Si encuentras un error o no puedes leerla, pide aclaración a USCIS.

Una residente y su familiar revisan la documentación recibida por correo

Para acreditar identidad y autorización de trabajo, el Formulario I-9 de USCIS contempla el pasaporte extranjero con sello temporal I-551 en la Lista A. El I-94 de un residente con sello I-551 y fotografía también figura entre los recibos aceptables, con sus reglas de vigencia. Identifica cuál te entregaron al presentarlo para empleo.

Si lo necesitas para salir del país, revisa además la documentación y las circunstancias de tu viaje. La pregunta de si puedes viajar con la residencia vencida requiere comprobar qué llevas y cómo será el regreso. Recibir prueba temporal no resuelve por sí solo toda situación que pueda afectar una entrada a Estados Unidos.

Si tienes documentos con fechas que no coinciden o debes viajar pronto, puedo orientarte sobre qué revisar en tu caso a través de mis servicios de inmigración.

Preguntas frecuentes sobre el sello I-551

¿Puedo pedir el sello si mi ajuste de estatus todavía está pendiente?

El sello acredita una residencia permanente ya concedida. Si tu solicitud de ajuste sigue pendiente de decisión, espera a confirmar el resultado antes de pedir prueba de un estatus que todavía no te han aprobado. Revisa la decisión recibida para distinguir ambas situaciones.

¿Qué pasa si no tengo un pasaporte vigente?

Comunícalo al solicitar atención y pregunta qué documentación debes presentar. USCIS también contempla un I-94 con sello ADIT y fotografía para emitir la prueba temporal. La agencia revisará tu identidad y determinará cómo entregártela.

¿Debo enviar mi pasaporte para recibir el sello por correo?

En el procedimiento de correo, USCIS envía al residente un I-94 con sello y fotografía. Para esa vía, el boletín describe que la agencia obtiene la foto de sus sistemas. Envía tu pasaporte únicamente si recibes instrucciones expresas para tu solicitud.

¿Qué hago si mi prueba temporal va a vencer y la tarjeta no llega?

Contacta a USCIS, indica la fecha de vencimiento y explica que todavía necesitas acreditar tu residencia. Ten a mano la referencia del trámite pendiente y la prueba temporal que recibiste. USCIS debe evaluar qué documentación corresponde; la espera de la tarjeta no prorroga automáticamente la fecha impresa en tu sello.